SANCIONAN Y RETIRAN A DOS UNIDADES QUE PRESTABAN EL SERVICIO DE TAXI SIN AUTORIZACIÓN EN TETLATLAHUCA
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En el mismo punto de inspección, se detectó una
motocicleta adaptada, conocida como mototaxi, que realizaba también el servicio
de transporte de personas sin la autorización correspondiente
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Prestar este tipo de servicio irregular también
se infringe el Código Penal del Estado de Tlaxcala, en su Artículo 396 en su
Capítulo III, delito contra la prestación del servicio público de transporte
sin concesión, permiso o autorización del Gobierno del Estado.
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Fue una unidad particular
que prestaba servicio de Taxi y un mototaxi, los cuales fueron remitidos al
corralón por infringir la ley en la materia de acuerdo a la Ley de
Comunicaciones y Transportes, para que los particulares tengan derecho a
utilizar con fines comerciales las vías estatales de comunicación, se requiere
concesión o autorización del Ejecutivo del estado.
La Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT) retiró de
circulación a dos unidades que prestaban el servicio público de transporte de
personas, en la modalidad de taxi, sin la autorización de la dependencia
estatal, por tanto, dichas unidades ubicadas en el municipio de Tetlatlahuca,
fueron remitidas al corralón.
También fueron sancionados los conductores de acuerdo a lo
que establece el Reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes del
estado por prestar el servicio de taxi, pues al interior viajaba una persona
del sexo femenino quien pagó al operador poco antes de descender de la unidad.
Esta acción se realizó durante la supervisión y vigilancia
realizada por la SMyT en coordinación con la dirección de la policía estatal de
caminos y vialidad de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), sobre la
carretera Santa Águeda-Xoxtla del referido municipio.
Inspectores adscritos a la Secretaría de Movilidad y
Transporte se percataron que la unidad marca Chevrolet, tipo Beat color rojo,
con placas de circulación particulares de Tlaxcala, ofrecía el servicio de
taxi, por consiguiente, abordaron al conductor de la unidad particular para
solicitar la documentación oficial y su permiso o autorización para realizar el
servicio.
Al no contar con el permiso, se elaboró la boleta de
infracción correspondiente y se remitió unidad al corralón, toda vez que, por
lo que se procedió de acuerdo a lo que establece el Reglamento de la Ley de
Comunicaciones y Transportes del Estado, al tratarse de una unidad irregular
cuyo servicio no está autorizado por la dependencia estatal.
Finalmente, la Secretaría de Movilidad y Transporte ratifica
su compromiso con la ciudadanía de actuar en el marco de la ley para garantizar
a las y los ciudadanos una movilidad segura en unidades debidamente acreditadas
por las autoridades competentes y sobre todo que cuenten con seguro del
viajero, ya que, en caso de algún tipo de accidente, el operador deberá
responder y salvaguardar en todo momento la integridad física de los usuarios.