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ALEJANDRA RAMÍREZ PROPONE CREACIÓN DE LEY DE FOMENTO AL PRIMER EMPLEO

La congresista Laura Alejandra Ramírez Ortiz, Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, presentó ante el Pleno de la LXIV Legislatura la iniciativa con proyecto de decreto por la que se expide la Ley de Fomento al Primer Empleo para el Estado de Tlaxcala.

 


La diputada consideró que entre los distintos factores a los que se enfrentan las juventudes al culminar su preparación a nivel técnico superior y de educación superior es el desempleo, lo que representa la exclusión social y la desigualdad laboral en su máxima expresión. 


 

Recalcó que el 20 por ciento de las juventudes latinoamericanas trabajan en la informalidad, mientras que una proporción equivalente no tiene empleo, no estudia, ni recibe capacitación.

 


Por ello, la asambleísta hizo un llamado ante la máxima tribuna del Estado, para no ser insensibles ante el grito desesperado de los jóvenes desempleados, bajo los principios al derecho al trabajo, la equidad, la igualdad de género, la justicia social, la democracia sustantiva y la dignidad humana. 

 


Por ello, la legisladora propuso la creación de la Ley de Fomento del Primer Empleo para el Estado de Tlaxcala, la cual contempla como deber del Gobierno del Estado la promoción en la creación de nuevos empleos para jóvenes con nivel técnico superior o de educación superior, en los sectores público, privado y social.

 


A fin de facilitar la incorporación de las juventudes en el sector laboral, esta iniciativa de Ley contempla apoyar con incentivos fiscales a las empresas promotoras, así con la creación de nuevas plazas en el sector público. Cabe recalcar que también contempla sanciones administrativas a quien no cumpla con lo establecido.

 


Con esto la congresista recalcó su compromiso con la educación, las juventudes y desempeño de los derechos laborales, a partir de la instrucción de un marco legal que facilite la incorporación laboral de este grupo social.

 

De esta manera se busca que las y los jóvenes puedan acceder a un empleo digno, que cuenten con las prestaciones de ley conferidas en el artículo 123 fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.